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Sancionan a una productora de televisión por emitir imágenes de un enfermo sin su consentimiento

La productora del programa “el cirujano” que se ha estado emitiendo hasta mayo de 2011 por la cadena de televisión Cuatro, ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos a una multa de 3000 euros por emitir imágenes de un enfermo que expresamente indicó que no quería aparecer en televisión. En concreto se emitieron imágenes de su enfermedad y su proceso quirúrgico.

Esta sanción trae causa de una denuncia del propio afectado, en el que tras ver las imágenes emitidas por primera vez en enero de 2010, solicitó expresamente a la cadena que no volviera a emitir esas imágenes bajo ningún concepto. Las imágenes, como se ha indicado, hacían referencia a una enfermedad que padece el denunciante así como a su posterior proceso quirúrgico.
No obstante, y a pesar de la solicitud del afectado, la productora volvió a emitir este programa el 23 de abril de 2011.
Ese mismo día, el afectado llamó a la productora para exponer su queja por volver a emitir sus datos a pesar de su negativa, tras lo cual desde esta productora se escribe el siguiente correo electrónico a Cuatro:

“Como ya te comentó […] en su día, tras la primera emisión del programa, este señor se puso en contacto con nosotros para pedir que no se volviera a emitir su intervención en el mismo. Para ello, nos revoco la autorización que nos dio en su día mediante una denuncia ante la Agencia de protección de datos, de forma que se nos prohibió utilizar de nuevo su imagen.
Tras comentaros … que nos había revocado la autorización para utilizar su imagen, Cuatro decidió quitar el programa de su web, y quedamos en que si lo volvíais a emitir, quitaríais esos minutos de la entrevista con este señor, o bien que nos avisaríais para remontarlo nosotros con otro caso complementario. Sin embargo, ahí quedó la cosa y nunca más se supo.
El viernes pasado se reemitió el programa integro, sin haberse eliminado el caso de xxxxx como habíamos quedado, y ahora él nos avisa de que va a demandar por la emisión de sus imágenes por una parte, y por otra que va a denunciar estos hechos ante la Agencia de Protección de Datos.
Te lo cuento para que estéis al tanto, y para que este sábado, si pensáis reemitirlo en la 7, os planteéis eliminar su intervención ya que creemos que podría agravar el problema.”

El afectado efectivamente denunció estos hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) quien, tras valorar las alegaciones de unos y otros, termina afirmando que la productora no regularizó la situación irregular de manera diligente, habida cuenta que las imágenes del denunciante, que no debieron ser emitidas tras su solicitud de cancelación lo fueron al menos en una ocasión (23/04/2011), y además se encontraban accesibles en la web de CUATRO (03/05/2011), sin que la productora acredite que puso los medios comunicando la cancelación de datos del denunciante a Mediaset.

En vista de lo anterior, la AEPD impone a la productora Pulso Contenidos Informativos una sanción de 3000 euros por no atender debidamente el ejercicio de cancelación del afectado.

La Resolución aquí mencionado es la de fecha 20 de diciembre de 2012, PS/00292/2012.

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